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BUFET CANOVAS - Advocats - Assessors

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Gonzalo Cánovas Gil - Advocat
Jesús Vidal Estrany - Pèrit Mercantil
Gabriel Cánovas Gil - Diplomat Comptable
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Dret Civil/Derecho Civil
Dret Civil/Derecho Civil
dimecres, 14 de juliol de 2010
Catalunya apuesta por primar la custodia compartida de los hijos

El Gobierno catalán defiende que el texto se adapta a la realidad con «una nueva cultura de la familia»
El Código Civil que se aprueba hoy eleva los deberes de las parejas separadas con sus vástagos menores

En la medida de lo posible, la responsabilidad de los padres respecto a sus hijos en caso de separación se debe ejercer conjuntamente. Con esta frase –no exenta de una cierta ambigüedad por la coletilla «en la medida de lo posible»–, Catalunya dará hoy un paso adelante, legal y simbólico, en favor de primar la custodia compartida en los casos de separación no amistosa.

Manifestación en favor de la custodia compartida en Barcelona, en abril del 2008. archivo / JOSEP GARCIA Más información"Los jueces van a piñón fijo: si hay desacuerdo, para la mujer""Yo había cuidado a mi hijo y me impusieron compartirlo"Los menores adoptados tendrán que saber su origen a los 12 añosTags: Sociedad Edición Impresa Versión en .PDF Información publicada en la página 24 de la sección de cv Sociedad de la edición impresa del día 14 de julio de 2010 VER ARCHIVO (.PDF)
La frase queda recogida en la ley del libro segundo del Código Civil que aprobará hoy el Parlament con los votos del tripartito y la duda sobre la posición final de CiU y el PP tras dos años de tramitación en la Cámara. Un periodo en el que asociaciones de padres separados, colectivos feministas, juristas, abogados y partidos políticos se han ido situando a favor y en contra de un asunto tan delicado como el de gestionar la atención a los hijos tras una separación y en el que intervienen factores afectivos, económicos y relativos a la igualdad real entre sexos.

LA INTERPRETACIÓN

Norma realista o demasiado avanzada

Por un lado, colectivos de juristas y defensoras de los derechos de las mujeres creen que la igualdad y la responsabilidad compartida entre hombre y mujer en el cuidado de los hijos no ha avanzado tanto como para primar por ley la custodia compartida. Alegan que incluso en las separaciones amistosas sin intervención judicial la opción de compartir la atención al menor es todavía minoritaria. También recuerdan que hoy por hoy las pensiones de maternidad que asume el padre son una excepción. Ángela Cerrillos, presidenta de la asociación de juristas Themis, cree que «primar la custodia compartida y decretar que el niño esté dos días con la madre y dos con el padre es un error y puede acabar muy mal si no ha habido una corresponsabilización de ambos progenitores durante el matrimonio».

Frente a estas opiniones, abogados especialistas en divorcios como Ramon Tamborero aplauden que por primera vez «una ley no va por detrás de la realidad social sino que se pone a su altura, dado que muchos matrimonios jóvenes ya tienen distribuidas por la mitad sus responsabilidades parentales y el divorcio no debe significar que él se quede en el papel de padre Walt Disney, de fin de semana, de talonario».

LAS CONDICIONES DEL PACTO

División forzada o más responsabilidades

Los colectivos contrarios a primar la custodia compartida denuncian que supone una división artificial de las tareas. «La custodia puede ser compartida si los padres tienen y tenían un diálogo fluido, de lo contrario se convierten en custodia partida, como en la decisión del rey Salomón», denuncia la abogada y feminista María José Varela, quien considera que la ley ha diluido referencias al interés del menor debido a la presión de colectivos de padres divorciados. En cambio, la consellera de Justícia, Montserrat Tura, explica que en ningún caso en la ley la responsabilidad compartida equivale a un reparto al 50% entre ambos progenitores. Tura recuerda que la norma obliga a ambos a responsabilizarse en un plan de parentalidad ajustado a su situación personal, laboral y familiar. La consellera cree que la ley es equilibrada porque se han opuesto a ella «dos sectores extremos». «Asociaciones de padres que querían un reparto al 50% y colectivos feministas que dicen que nos hemos entregado a los hombres, que son malos por naturaleza. Quiero recordar que la ley valora también qué han hecho ellos antes de la separación», destaca.

EL INTERÉS DEL MENOR

Confusión o estabilidad emocional

Se trata posiblemente del aspecto más delicado y que más pasiones levanta entre las dos posiciones enfrentadas. Para decidir judicialmente sobre la custodia, la ley incluye siete criterios, entre ellos la opinión del menor, la vinculación afectiva de cada progenitor con él y la aptitud de los padres para «garantizar el bienestar de los hijos». La abogada Mercè Vilagrasa denuncia que en muchos casos «la madre fastidia a su expareja usando al menor como espada de Damocles para quedarse con la custodia, la vivienda y la pensión». Cerrillos, en cambio, cree que la custodia compartida sin haber sido antes copartícipes de la educación «es experimentar con los niños y añadirles más tensión».

LA REALIDAD JUDICIAL

Precedentes

poco comunes

En septiembre del 2008, el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya se pronunció por primera vez a favor de la custodia compartida porque permite que los padres estén «en situación de igualdad» ante los hijos, lo cual presenta «indudables ventajas» para el desarrollo del niño. Sin embargo, las asociaciones de padres separados se quejan de que los jueces tienden por inercia a conceder la custodia a la madre.

La consellera Tura advierte a los abogados de una y otra parte que el plan de parentalidad obligará ahora a algo más que decretar los días que el hijo pasará con el padre o con la madre. «Se ha acabado tomar decisiones judiciales por inercia», añade. María José Varela, sin embargo, teme que la ley deje «un excesivo margen de actuación» a los jueces cuando, según denuncia, a menudo los padres «usan la custodia como chantaje para pagar menos pensión». Tura recuerda que la nueva ley no eximirá al padre de pagar la pensión correspondiente aunque se decida la custodia compartida.
El Periódico.com - 14/07/2010



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Dret Civil/Derecho Civil
Dret Civil/Derecho Civil
divendres, 04 de juny de 2010
La custodia compartida de los hijos será preferente en Cataluña pero con condiciones

Los padres deberán presentar un plan de 'parentalidad' sobre la custodia
En caso de no alcanzarse un acuerdo, el juez será quién decida finalmente
La oposición lamenta que no se otorgue la custodia compartida por defecto



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Dret Fiscal/Derecho Fiscal
Dret Fiscal/Derecho Fiscal
dimarts, 02 de març de 2010
Impost sobre successions i donacions

Novetats fiscals en matèria de l'Impost de Successions i Donacions a Catalunya
Reduccions
Reduccions per parentiu:
Grup I- Descendents i adoptats menors de 21 anys 275.000 € més 33.000 € per cada any de menys de vint-i-un que tingui el causahavent fins al límit de 539.000 €.
Grup II- Cònjuge: 500.000 €, fills i adoptats majors de vint-i-un anys: 275.000 €, altres descendents: 150.000 €, ascendents adoptants: 100.000 €.
Grup III- Col·laterals de segon i tercer grau, ascendents i descendents per afinitat: 50.000 €
Grup IV- Col·laterals de quart grau, graus més distants i estranys: cap reducció.
Reducció per persones grans: 275.000 € si el causahavent és major de setanta-cinc anys.
Reducció per habitatge habitual: Aplicable al cònjuge, descendents o adoptats, ascendents o adoptants i col·laterals, però aquests amb la condició de ser majors de seixanta-cinc anys i haver conviscut amb el cuasant durant el dos anys anteriors a la mort. La reducció és del 95% sobre el valor net de l'habitatge habitual fins a un límit de 500.000€ pel valor conjunt de l'habitatgei, si s'ha de prorratejar, el límit individual per a cada subjecte passiu ni serà inferior a 180.000 €.
Reducció adicional. Un cop aplicades les altres, l'excés de la base imposable es pot reduir un 50% amb els imports màxims següents: (I) fills i adoptats menors de vint-i-cinc anys: 125.000€, (II) cònjuge:150.000€, fills majors de vint-i-un anys:125.000€ (III) resta de descendents: 50.000€ (IV) ascendents: 25.000€.
La Tarifa de l'impost es modifica a la baixai només es mantenen els coeficients multiplicadors als grups de parentiu col·laterals de segon i tercer grau, ascendents i descendents per afinitat i per col·laterals de quart grau o més i estranys.
Excepcionalment es pot ajornar fins a dos anys el pagament de la liquidació de l'impost.



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Dret Fiscal/Derecho Fiscal
Dret Fiscal/Derecho Fiscal
dijous, 21 de gener de 2010
NOVEDADES FISCALES PARA 2010

Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010

IRPF
A partir de enero de 2010 se incrementa el tipo de gravamen del ahorro del 18% al 19% (hasta 6.000 euros de renta) y 21% (por encima de 6.000 euros).
La retención de IRPF pasa del 18% al 19% (aumento 1%).

IVA
A partir del 1º de julio de 2010:
El tipo del 16% pasa al 18% (aumento 2%)
El tipo del 7% sube al 8% (aumenta 1%)
Se mantien el tipo superreducido al 4%



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Dret Civil/Derecho Civil
Dret Civil/Derecho Civil
dimecres, 25 de novembre de 2009
El 'desahucio exprés' entra en vigor en un mes

La Ley de Medidas de Fomento y Agilización del Alquiler y Eficiencia Energética de los Edificios, que incluye la agilización de los procesos de desahucio, entrará en vigor dentro de un mes, después de su publicación ayer en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
La nueva norma incluye una reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil que va encaminada a facilitar que los arrendadores puedan recuperar su vivienda de forma rápida en caso de incumplimientos graves del alquiler, sin que esto menoscabe los derechos de los inquilinos de las viviendas.
Asimismo, el nuevo texto amplía los supuestos contemplados en la Ley de Arrendamientos Urbanos en los que no procede la prórroga obligatoria del contrato de alquiler.
(El País, 25-11-2009)



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Dret Fiscal/Derecho Fiscal
Dret Fiscal/Derecho Fiscal
dimecres, 11 de novembre de 2009
Cataluña lanza un nuevo ‘parche’ en Sucesiones y prepara ya su rebaja

Pese a considerarlo injusto para buena parte de los contribuyentes, los socios del tripartito catalán no se ponen de acuerdo a la hora de concretar la rebaja del discutido tributo.
La proximidad de las elecciones autonómicas en Cataluña, previstas, como muy tarde, para noviembre del año que viene, ha llevado a los socios del tripartito catalán a abordar, por fin, una reforma del Impuesto de Sucesiones. La forma y la intensidad de la rebaja, sin embargo, todavía se desconocen y sólo queda claro que las discrepancias en el seno del Gobierno catalán explican la falta de concreción.
Desde hace años, el Impuesto de Sucesiones es el tributo más batallado desde un amplio
abanico de sectores sociales, especialmente después de que en Madrid, Comunidad Valenciana y otras comunidades –sobre todo aquellas gobernadas por el PP– el impuesto haya desaparecido a efectos prácticos. El Gobierno catalán lleva años reconociendo que el impuesto, especialmente en lo que afecta a las herencias, es injusto en muchos casos y aunque la izquierda es contraria a su supresión completa hay un amplio consenso en la necesidad de rebajarlo.
Pero el momento para hacerlo parece no llegar nunca. En 2008, el Gobierno catalán puso un parche, a través de la ley de acompañamiento de los Presupuestos de la Generalitat, para combatir, según dijo textualmente el Departamento de Economía, la competencia fiscal de otras comunidades. Se redujeron los tipos impositivos y se elevó el mínimo exento hasta medio
millón de euros por heredero, al tiempo que se promovían las donaciones en vida.
La falta de la nueva financiación autonómica, señaló entonces el conseller de Economía, Antoni Castells, obligaba a posponer una reforma más en profundidad. Ahora, sin embargo, la crisis forzará a la Generalitat a superar incluso el límite de déficit introducido en el Consejo de Política Fiscal y Financiera, lo que forma una excusa perfecta para volver a retrasar la reforma: el Gobierno catalán debe hacer frente a una rebaja del 9,8% en los ingresos vinculados al modelo de financiación, aún con los 2.613 millones adicionales del nuevo sistema y a pesar de contar todavía con los casi 900 millones de Sucesiones y Donaciones. La agenda electoral y la presión de CiU impedirán la intentona.
El viernes, con la presentación de los Presupuestos para 2010, Castells garantizó que se reformaría el tributo pero que todavía estaba por ver el modo –ley de acompañamiento o una ley concreta para ello–. Por el momento, se alarga de un año a dos el plazo para que los herederos tengan que hacer frente a sus obligaciones fiscales.
Según ERC, el mismo viernes por la noche se llegó a un principio de acuerdo para rebajar el tributo a través de la ley de medidas fiscales y financieras –de acompañamiento– para que ya en 2010 la rebaja sea efectiva.
Aunque el PSC ha evitado confirmar este principio de acuerdo, todo hace pensar que la reforma se quedará en un nuevo retoque. En 2010, señaló ayer el secretario general de ERC, Joan Ridao, “habrá que modificar también la Ley del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, para que se produzcan cambios con más profundidad”.
Desde ICV, su secretario general, Joan Herrera, aseguró ayer que “las clases medias y trabajadoras no deben pagar” por las sucesiones, lo que tendría un impacto en la recaudación del 15%, aunque opinó debe seguir existiendo para las rentas altas.
(Expansión, 10-11-2009)



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Dret Fiscal/Derecho Fiscal
Dret Fiscal/Derecho Fiscal
dijous, 08 de gener de 2009
Novedades fiscales en 2009

En las postrimerías del año recién terminado se ha publicado la Ley 4/2008, por la que se suprime el gravamen del Impuesto sobre el Patrimonio, se generaliza el sistema de devolución mensual en el Impuesto sobre el Valor Añadido, y se introducen otras modificaciones en la normativa tributaria.
La nueva Ley introduce cambios muy destacables que afectan a la práctica totalidad de las figuras del sistema impositivo español, aunque se echan de menos algunas medidas de política fiscal de mayor calado, orientadas a la reactivación de la adversa situación económica.
La Ley anuncia desde su denominación dos de los cambios de mayor difusión mediática. En primer lugar, la supresión del Impuesto sobre el Patrimonio, plasmada en una bonificación del 100 por ciento de la cuota íntegra aplicable desde el 1 de enero de 2008, junto con la eliminación de la obligación de presentar declaración.
Con esta técnica se evita la modificación del sistema de financiación autonómica –se trata de un Impuesto cedido a las Comunidades Autónomas– y se conservan las referencias de otras normas tributarias hacia las disposiciones del Impuesto, si bien se mantiene un cierto riesgo de
"reactivación" futura del gravamen. La medida evitará problemas de falta de equidad y de doble imposición sobre la renta ahorrada, atrayendo inversiones hacia nuestro país.
En virtud de un segundo cambio recogido expresamente en el nombre de la Ley, la práctica generalidad de las empresas, incluidas las pymes, podrán solicitar con carácter mensual la devolución del saldo a su favor en el IVA o en el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC). Sin embargo, para ello se exigirán abundantes requisitos formales, como la presentación telemática mensual de las declaraciones y el suministro –también telemático y mensual– a la
Administración Tributaria del contenido de los libros registro de la empresa.
Sorprende que se lastre al nuevo sistema con este incremento de la presión fiscal indirecta, que previsiblemente dificultará el éxito de su implantación.
La Ley introduce un importante incentivo a la inversión en activos fijos, adecuado para tiempos de crisis, como es la libertad de amortización en el Impuesto sobre Sociedades para elementos nuevos del inmovilizado material y de las inversiones inmobiliarias.
La Ley exige la afectación de dichos elementos a actividades económicas, su puesta a disposición del sujeto pasivo en los períodos impositivos iniciados dentro de los años 2009 y 2010, y el mantenimiento durante dos años del nivel medio de empleo habido en la empresa en el año anterior.
Tal libertad, que supone un diferimiento en el pago del Impuesto, no está condicionada a su imputación contable, y también puede aprovecharse en operaciones de arrendamiento financiero. De haberse extendido al inmovilizado intangible, la medida constituiría un incentivo añadido a las actividades de I+D, dado que los elementos libremente amortizados pueden ser
creados por la propia empresa.
La Ley también mitiga la falta de neutralidad fiscal derivada de la implantación del nuevo Plan General de Contabilidad (PGC). Así, la primera aplicación del Plan puede suponer la práctica de abonos a cuentas de reservas con efecto en la base imponible del Impuesto sobre Sociedades, implicando un importante coste tributario. La Ley abre una opción de periodificación de dicho coste en tres años, informando de ello en las cuentas anuales.
(Expansión, 08-01-2009)



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Lliure
Lliure
dimecres, 24 de desembre de 2008
El presidente de Islandia pide que le rebajen el sueldo

El presidente de Islandia, Ólafur Ragnar Grímsson, ha solicitado a su ministro de Finanzas, ÁrniM. Mathiesen, que le sea rebajado el sueldo en un 15%, en línea con los recortes asumidos por otros funcionarios ante la severa crisis económica que atraviesa Islandia, que provocó la nacionalización de su sistema bancario y que mantiene al país al borde de la bancarrota. El sueldo del presidente de Islandia asciende a 1,8 millones de coronas islandesas al mes 10.515 euros).
(La Vanguardia, 23-12-2008)



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Dret Fiscal/Derecho Fiscal
Dret Fiscal/Derecho Fiscal
divendres, 05 de desembre de 2008
El BCE bajará hoy los tipos de interés hasta el 2,75%

El consejo de gobierno del Banco Central Europeo (BCE) aplicará hoy un recorte de medio punto en los tipos de interés, hasta situarlos en el 2,75%, según las previsiones que maneja el Servicio de Estudios del Santander.
En su último Boletín Financiero, la entidad que preside Emilio Botín pronostica que el máximo órgano ejecutivo del instituto emisor europeo bajará el precio del dinero en la misma proporción que en las dos ocasiones previas.
Santander destaca que desde la última reunión del BCE los indicadores económicos han dado claras muestras de que la caída de la actividad se ha acentuado en el último trimestre del ejercicio 2008, y que los riesgos de inflación han desaparecido de forma drástica.
De hecho, prevé que de mantenerse los precios del crudo según lo descontado por el mercado de futuros, la inflación de la Eurozona, que se colocó en el 2,1% noviembre, podría llegar a situarse por debajo del 1% en verano.
Además, indica que los comentarios más recientes del BCE han dejado abierta la posibilidad de recorte de tipos en diciembre, siempre y cuando se vayan educiendo los riesgos de inflación, lo que efectivamente está ocurriendo.
El Santander también explica que la aceleración de la oferta monetaria en octubre obedece a un incremento de la liquidez, lo que en la situación actual no ha de interpretarse como un incremento de la intención de compra que pueda presionar la inflación al alza.
Por otro lado, la entidad cántabra advierte que el crecimiento del crédito al sector privado ha continuado moderándose a un ritmo similar al arrastrado en meses precedentes, por lo que no hay evidencia del estrangulamiento financiero denominado 'credit crunch', lo que juega en contra de recortes más agresivos por parte del BCE.
El Banco de Inglaterra también llevará a cabo un recorte de magnitud similar al instituto emisor europeo, aunque en este caso hay más probabilidades de que la bajada del precio oficial del dinero sea mayor a 50 puntos básicos.
(Expansión, 04-12-2008)



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Dret Mercantil/Derecho Mercantil
Dret Mercantil/Derecho Mercantil
dijous, 04 de desembre de 2008
Solbes urge a la banca a que traslade las ayudas a familias y empresas

El vicepresidente del Gobierno Pedro Solbes, pidió ayer a las entidades financieras que 'trasladen cuanto antes' las medidas del Ejecutivo para apoyar al sistema financiero para garantizar que el crédito llegue a las familias y empresas. Solbes se reunió con los representantes de las cuatro grandes entidades financieras españolas y las dos patronales del sector. En el encuentro se abordó el Fondo de Adquisición de Activos Financieros (cuya
primera subasta quedó parcialmente desierta) y la concesión de avales del Estado para las nuevas emisiones de deuda de las entidades de crédito.
Además de Solbes y el secretario de Estado de Economía, David Vegara, asistieron al encuentro los presidentes del BBVA, La Caixa y Caja Madrid y vicepresidente de Banco Santander. También acudieron los presidentes de la Asociación Española de Banca (AEB) y la Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA).
Solbes informó de que más del 90% de las entidades registradas en España solicitaron la concesión de avales del Estado para las nuevas emisiones de deuda, dentro del plazo que comenzó el 24 de noviembre y concluyó el martes. Respecto al Fondo de Adquisición de Activos Financieros (FAAF), que hará su segunda subasta el próximo jueves y cuyo plazo de presentación de ofertas comienza mañana, los asistentes confiaron en que tendrá mayor demanda que la primera, celebrada el 20 de noviembre. La razón principal que esgrimieron es
que si el BCE recorta hoy los tipos de interés, resultará más ventajosa la segunda puja que la primera. Entonces, según recordaron, las expectativas de un abaratamiento del precio del dinero eran altas y, tal y como reconoció Solbes recientemente, ello pudo servir en algunas entidades como 'desactivador del interés por la subasta', informa Efe.
El euríbor, índice de referencia al que se conceden la mayoría de las hipotecas en España, situó ayer su tasa diaria en el 3,853%, a la espera de que el BCE decida hoy una bajada de tipos de interés que el mercado anticipa como la mayor de la historia. Los analistas esperan un recorte que podría oscilar entre 0,5 y 1,25 puntos, habida cuenta de que el desplome del precio del petróleo y la caída de la actividad económica de la zona euro han alejado la inflación. El
ministro de Industria, Miguel Sebastián, aseguró ayer en TVE que las bajadas en el euríbor y el petróleo supondrán una inyección de cerca de 25.000 millones de euros para la economía española durante 2009.
(Cinco Días, 04-12-2008)



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