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Aquest és el Tema: Dret Fiscal/Derecho Fiscal Les següents Notícies han estat publicades dins d'aquest Tema.
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dimarts, 02 de març de 2010
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Impost sobre successions i donacions
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Novetats fiscals en matèria de l'Impost de Successions i Donacions a Catalunya
Reduccions
Reduccions per parentiu:
Grup I- Descendents i adoptats menors de 21 anys 275.000 € més 33.000 € per cada any de menys de vint-i-un que tingui el causahavent fins al límit de 539.000 €.
Grup II- Cònjuge: 500.000 €, fills i adoptats majors de vint-i-un anys: 275.000 €, altres descendents: 150.000 €, ascendents adoptants: 100.000 €.
Grup III- Col·laterals de segon i tercer grau, ascendents i descendents per afinitat: 50.000 €
Grup IV- Col·laterals de quart grau, graus més distants i estranys: cap reducció.
Reducció per persones grans: 275.000 € si el causahavent és major de setanta-cinc anys.
Reducció per habitatge habitual: Aplicable al cònjuge, descendents o adoptats, ascendents o adoptants i col·laterals, però aquests amb la condició de ser majors de seixanta-cinc anys i haver conviscut amb el cuasant durant el dos anys anteriors a la mort. La reducció és del 95% sobre el valor net de l'habitatge habitual fins a un límit de 500.000€ pel valor conjunt de l'habitatgei, si s'ha de prorratejar, el límit individual per a cada subjecte passiu ni serà inferior a 180.000 €.
Reducció adicional. Un cop aplicades les altres, l'excés de la base imposable es pot reduir un 50% amb els imports màxims següents: (I) fills i adoptats menors de vint-i-cinc anys: 125.000€, (II) cònjuge:150.000€, fills majors de vint-i-un anys:125.000€ (III) resta de descendents: 50.000€ (IV) ascendents: 25.000€.
La Tarifa de l'impost es modifica a la baixai només es mantenen els coeficients multiplicadors als grups de parentiu col·laterals de segon i tercer grau, ascendents i descendents per afinitat i per col·laterals de quart grau o més i estranys.
Excepcionalment es pot ajornar fins a dos anys el pagament de la liquidació de l'impost.
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dimecres, 11 de novembre de 2009
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Cataluña lanza un nuevo ‘parche’ en Sucesiones y prepara ya su rebaja
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Pese a considerarlo injusto para buena parte de los contribuyentes, los socios del tripartito catalán no se ponen de acuerdo a la hora de concretar la rebaja del discutido tributo.
La proximidad de las elecciones autonómicas en Cataluña, previstas, como muy tarde, para noviembre del año que viene, ha llevado a los socios del tripartito catalán a abordar, por fin, una reforma del Impuesto de Sucesiones. La forma y la intensidad de la rebaja, sin embargo, todavía se desconocen y sólo queda claro que las discrepancias en el seno del Gobierno catalán explican la falta de concreción.
Desde hace años, el Impuesto de Sucesiones es el tributo más batallado desde un amplio
abanico de sectores sociales, especialmente después de que en Madrid, Comunidad Valenciana y otras comunidades –sobre todo aquellas gobernadas por el PP– el impuesto haya desaparecido a efectos prácticos. El Gobierno catalán lleva años reconociendo que el impuesto, especialmente en lo que afecta a las herencias, es injusto en muchos casos y aunque la izquierda es contraria a su supresión completa hay un amplio consenso en la necesidad de rebajarlo.
Pero el momento para hacerlo parece no llegar nunca. En 2008, el Gobierno catalán puso un parche, a través de la ley de acompañamiento de los Presupuestos de la Generalitat, para combatir, según dijo textualmente el Departamento de Economía, la competencia fiscal de otras comunidades. Se redujeron los tipos impositivos y se elevó el mínimo exento hasta medio
millón de euros por heredero, al tiempo que se promovían las donaciones en vida.
La falta de la nueva financiación autonómica, señaló entonces el conseller de Economía, Antoni Castells, obligaba a posponer una reforma más en profundidad. Ahora, sin embargo, la crisis forzará a la Generalitat a superar incluso el límite de déficit introducido en el Consejo de Política Fiscal y Financiera, lo que forma una excusa perfecta para volver a retrasar la reforma: el Gobierno catalán debe hacer frente a una rebaja del 9,8% en los ingresos vinculados al modelo de financiación, aún con los 2.613 millones adicionales del nuevo sistema y a pesar de contar todavía con los casi 900 millones de Sucesiones y Donaciones. La agenda electoral y la presión de CiU impedirán la intentona.
El viernes, con la presentación de los Presupuestos para 2010, Castells garantizó que se reformaría el tributo pero que todavía estaba por ver el modo –ley de acompañamiento o una ley concreta para ello–. Por el momento, se alarga de un año a dos el plazo para que los herederos tengan que hacer frente a sus obligaciones fiscales.
Según ERC, el mismo viernes por la noche se llegó a un principio de acuerdo para rebajar el tributo a través de la ley de medidas fiscales y financieras –de acompañamiento– para que ya en 2010 la rebaja sea efectiva.
Aunque el PSC ha evitado confirmar este principio de acuerdo, todo hace pensar que la reforma se quedará en un nuevo retoque. En 2010, señaló ayer el secretario general de ERC, Joan Ridao, “habrá que modificar también la Ley del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, para que se produzcan cambios con más profundidad”.
Desde ICV, su secretario general, Joan Herrera, aseguró ayer que “las clases medias y trabajadoras no deben pagar” por las sucesiones, lo que tendría un impacto en la recaudación del 15%, aunque opinó debe seguir existiendo para las rentas altas.
(Expansión, 10-11-2009)
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dijous, 08 de gener de 2009
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Novedades fiscales en 2009
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En las postrimerías del año recién terminado se ha publicado la Ley 4/2008, por la que se suprime el gravamen del Impuesto sobre el Patrimonio, se generaliza el sistema de devolución mensual en el Impuesto sobre el Valor Añadido, y se introducen otras modificaciones en la normativa tributaria.
La nueva Ley introduce cambios muy destacables que afectan a la práctica totalidad de las figuras del sistema impositivo español, aunque se echan de menos algunas medidas de política fiscal de mayor calado, orientadas a la reactivación de la adversa situación económica.
La Ley anuncia desde su denominación dos de los cambios de mayor difusión mediática. En primer lugar, la supresión del Impuesto sobre el Patrimonio, plasmada en una bonificación del 100 por ciento de la cuota íntegra aplicable desde el 1 de enero de 2008, junto con la eliminación de la obligación de presentar declaración.
Con esta técnica se evita la modificación del sistema de financiación autonómica –se trata de un Impuesto cedido a las Comunidades Autónomas– y se conservan las referencias de otras normas tributarias hacia las disposiciones del Impuesto, si bien se mantiene un cierto riesgo de
"reactivación" futura del gravamen. La medida evitará problemas de falta de equidad y de doble imposición sobre la renta ahorrada, atrayendo inversiones hacia nuestro país.
En virtud de un segundo cambio recogido expresamente en el nombre de la Ley, la práctica generalidad de las empresas, incluidas las pymes, podrán solicitar con carácter mensual la devolución del saldo a su favor en el IVA o en el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC). Sin embargo, para ello se exigirán abundantes requisitos formales, como la presentación telemática mensual de las declaraciones y el suministro –también telemático y mensual– a la
Administración Tributaria del contenido de los libros registro de la empresa.
Sorprende que se lastre al nuevo sistema con este incremento de la presión fiscal indirecta, que previsiblemente dificultará el éxito de su implantación.
La Ley introduce un importante incentivo a la inversión en activos fijos, adecuado para tiempos de crisis, como es la libertad de amortización en el Impuesto sobre Sociedades para elementos nuevos del inmovilizado material y de las inversiones inmobiliarias.
La Ley exige la afectación de dichos elementos a actividades económicas, su puesta a disposición del sujeto pasivo en los períodos impositivos iniciados dentro de los años 2009 y 2010, y el mantenimiento durante dos años del nivel medio de empleo habido en la empresa en el año anterior.
Tal libertad, que supone un diferimiento en el pago del Impuesto, no está condicionada a su imputación contable, y también puede aprovecharse en operaciones de arrendamiento financiero. De haberse extendido al inmovilizado intangible, la medida constituiría un incentivo añadido a las actividades de I+D, dado que los elementos libremente amortizados pueden ser
creados por la propia empresa.
La Ley también mitiga la falta de neutralidad fiscal derivada de la implantación del nuevo Plan General de Contabilidad (PGC). Así, la primera aplicación del Plan puede suponer la práctica de abonos a cuentas de reservas con efecto en la base imponible del Impuesto sobre Sociedades, implicando un importante coste tributario. La Ley abre una opción de periodificación de dicho coste en tres años, informando de ello en las cuentas anuales.
(Expansión, 08-01-2009)
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divendres, 05 de desembre de 2008
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El BCE bajará hoy los tipos de interés hasta el 2,75%
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El consejo de gobierno del Banco Central Europeo (BCE) aplicará hoy un recorte de medio punto en los tipos de interés, hasta situarlos en el 2,75%, según las previsiones que maneja el Servicio de Estudios del Santander.
En su último Boletín Financiero, la entidad que preside Emilio Botín pronostica que el máximo órgano ejecutivo del instituto emisor europeo bajará el precio del dinero en la misma proporción que en las dos ocasiones previas.
Santander destaca que desde la última reunión del BCE los indicadores económicos han dado claras muestras de que la caída de la actividad se ha acentuado en el último trimestre del ejercicio 2008, y que los riesgos de inflación han desaparecido de forma drástica.
De hecho, prevé que de mantenerse los precios del crudo según lo descontado por el mercado de futuros, la inflación de la Eurozona, que se colocó en el 2,1% noviembre, podría llegar a situarse por debajo del 1% en verano.
Además, indica que los comentarios más recientes del BCE han dejado abierta la posibilidad de recorte de tipos en diciembre, siempre y cuando se vayan educiendo los riesgos de inflación, lo que efectivamente está ocurriendo.
El Santander también explica que la aceleración de la oferta monetaria en octubre obedece a un incremento de la liquidez, lo que en la situación actual no ha de interpretarse como un incremento de la intención de compra que pueda presionar la inflación al alza.
Por otro lado, la entidad cántabra advierte que el crecimiento del crédito al sector privado ha continuado moderándose a un ritmo similar al arrastrado en meses precedentes, por lo que no hay evidencia del estrangulamiento financiero denominado 'credit crunch', lo que juega en contra de recortes más agresivos por parte del BCE.
El Banco de Inglaterra también llevará a cabo un recorte de magnitud similar al instituto emisor europeo, aunque en este caso hay más probabilidades de que la bajada del precio oficial del dinero sea mayor a 50 puntos básicos.
(Expansión, 04-12-2008)
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dijous, 04 de desembre de 2008
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La rebaja del IRPF se ha financiado con la no deflactación de la tarifa
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El ahorro que supuso para los contribuyentes la rebaja del impuesto sobre la renta no es lo que parece. Según un estudio publicado ayer por la Fundación de las Cajas de Ahorro (Funcas), el coste de la reforma para las arcas públicas asciende a 1.571 millones de euros, frente a los cerca de 2.500 calculados por el Gobierno.
Pero, más allá de esa desavenencia, lo cierto es que en los tres años transcurridos desde la anterior reforma del IRPF, correspondiente a 2003, la no actualización de tarifas, bases y otros umbrales con la inflación supuso un aumento efectivo de 5.895 millones de euros. Es decir: el ahorro de la reforma fiscal del año pasado respecto a la de 2003 sólo compensa un tercio del incremento real de contribuciones al IRPF debido a la no deflactación del impuesto. El Gobierno ha tratado de corregir parcialmente estos impactos inflacionistas al deflactar la tarifa en el ejercicio pasado y en el actual. El año que viene será el primero en el que se generalice, aunque siempre en función del 2% y no de la inflación real.
Según el informe, elaborado por los catedráticos José Félix Sanz-Sanz, Desiderio Romero- Jordán y Juan Manuel Castañer-Carrasco, el ahorro medio generado por la reforma asciende a 85,4 euros anuales. El tipo medio efectivo, medido como cociente entre la cuota líquida neta y la renta bruta, se reduce tras la reforma en 0,3 puntos, para quedar en el 13,28%. Sin embargo, el 10% de los contribuyentes con renta más elevada se benefician de una caída
de 1,2 puntos en el tipo medio efectivo. Ese mayor beneficio para las rentas más altas se observa de forma aún más clara en términos del coste recaudatorio de la reforma: el 10% más rico se lleva el 48,8% de la rebaja, mientras que sólo el 1% más privilegiado en términos de renta acapara un tercio del recorte de ingresos por parte de Hacienda.
Otra de las notas relevantes sugeridas en el estudio tiene que ver con el efecto disuasorio que la reforma tiene respecto a los incentivos adicionales al trabajo para los contribuyentes con menos ingresos: el cambio normativo supone un aumento del tipo marginal del 75% más pobre, mientras que lo reduce entre el 25% con renta más alta. Eso significa que estos últimos si ven
elevados los incentivos a trabajar más, porque los ingresos a partir de un cierto nivel tendrán una carga tributaria menor que tras la reforma de 2003.
La reforma supone un beneficio fiscal para el 52% de los contribuyentes, al tiempo que empeora la situación del 21,7% y deja indiferentes en términos de coste a un 26,1%. El porcentaje de ganadores con la reforma aumenta entre los ciudadanos con mayores ingresos, y es mayor para los contribuyentes cuya fuente de ingresos principal son las rentas del capital (1440 euros de media) que para las del trabajo (253 euros).
(Cinco Días, 04-12-2008)
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dimecres, 03 de desembre de 2008
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Hacienda congela la fiscalidad por módulos que aplica a dos millones de autónomos
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La mayoría de autónomos y pequeños empresarios que tributan en el IRPF por el sistema de módulos aplicarán las mismas tarifas de 2008 en 2009. El Gobierno, por segundo año, congelará los porcentajes que determinan la cuota a pagar de unos dos millones de contribuyentes.
Al no actualizar las tarifas por la inflación, la medida equivale a una rebaja fiscal. La orden ministerial que se ha publicado en el BOE este sábado incluye los cambios que el Gobierno acordó con el sector agrario y del transporte para paliar los efectos del alza del crudo. Así, para el sector agrícola y ganadero se
aprueban reducciones para 2008 y 2009 del 35% de las compras de gasoil, un 15% por la adquisición de fertilizantes y plástico y un 2% por el rendimiento neto de módulos. En el caso del transporte, la orden ministerial contempla, entre otras modificaciones, incluir la actividad de 'transporte de mensajería y
recadería' en el sistema de módulos y se cambian los parámetros acerca de la 'carga de vehículos' para determinar la cuota a pagar.
Al sistema de módulos pueden acceder los pequeños empresarios con una facturación anual inferior a 450.000 euros y unas compras inferiores a 300.000 euros. Para los inspectores de Hacienda, los módulos
facilitan el fraude. El director general de Tributos, Jesús Gascón, en un acto organizado por la Asociación Española de Asesores Fiscales y Gestores Tributarios (Asefiget), reconoció la necesidad de reformar el
modelo aunque descartó su eliminación.
(Cinco Días, 29-11-2008)
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