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Dret Civil/Derecho Civil
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divendres, 04 de juny de 2010 - 12:13 PM CET
La custodia compartida de los hijos será preferente en Cataluña pero con condiciones

Los padres deberán presentar un plan de 'parentalidad' sobre la custodia
En caso de no alcanzarse un acuerdo, el juez será quién decida finalmente
La oposición lamenta que no se otorgue la custodia compartida por defecto


La comisión de Justicia del Parlament ha aprobado el dictamen de la ley del Código Civil catalán relativa al derecho de familia, que prevé cambios como que la custodia compartida de los hijos tras una separación será otorgada de forma preferente pero no por defecto, ya que habrá condicionantes.

El dictamen del proyecto de Ley del Libro Segundo del Código Civil de Cataluña, relativo al derecho de familia, ha sido aprobado en la comisión de justicia del Parlament con los votos del tripartito que gobierna la Generalitat y la abstención de los grupos de la oposición.

Mientras que los grupos del Govern han destacado la importancia de los cambios introducidos en la ley, los de la oposición la han considerado demasiado "intervencionista" y "poco ambicioso" ya que, por ejemplo, la custodia compartida no es otorgada por defecto, como sí ocurre ya en la comunidad de Aragón.

La nueva ley obliga a las parejas con hijos que se separen o divorcien a presentar un "plan de parentalidad" en el que figuren las propuestas de cada progenitor sobre la custodia de los hijos y su participación en su crianza y educación.

En el texto, se sustituye la denominación de "custodia compartida" por el de "guarda" compartida junto al de "potestad (o responsabilidad) parental compartida".

La custodia compartida queda condicionada en Cataluña a que los padres la acuerden en sus respectivos "planes de parentalidad" y a que ya exista previamente antes de la separación, para lo cual se valorará el tiempo dedicado a los hijos antes de la ruptura.

El texto precisa, en este sentido, que la separación "no altera las responsabilidades que corresponden a los progenitores hacia los hijos", y en consecuencia, "estas responsabilidades mantienen su carácter compartido y, en la medida de lo posible, se tienen que ejercer conjuntamente", lo que no implica un reparto de la convivencia al 50%.

En los casos de falta de acuerdo, sin embargo, o en los que se estime que la custodia compartida no existía realmente antes de la ruptura, el tripartito ha introducido una enmienda que complica el procedimiento para que sea la opción por defecto.

Sin acuerdo, decidirá el juez

El texto indica textualmente que "a falta de acuerdo o si este no es aprobado, la autoridad judicial determina la forma de ejercer la guarda", y aunque deja abierta la posibilidad de que el juez reconozca "el carácter conjunto de las responsabilidades parentales", también precisa que puede disponer que "la guarda se ejerza de forma individual si esto es lo más adecuado para el interés del hijo".

La nueva ley introduce cambios notables porque, hasta ahora, el juez sólo establecía la custodia compartida cuando ambos progenitores estaban de acuerdo o en casos muy especiales.

Por lo que respecta a otras cuestiones relacionadas con el derecho de familia, la ley rompe con la tendencia que automáticamente atribuía la vivienda familiar al cónyuge que asumía la custodia de los hijos y se admiten excepciones a esa dinámica si el beneficiario tiene medios económicos suficientes.

Familias monoparentales y homosexuales

Además, se incorpora el concepto de "progenitores" en detrimento del de "padres" y se asume la existencia de distintas formas de convivencia, lo que incluye las parejas de homosexuales, las familias monoparentales y también las reconstituidas.

También promueve los acuerdos de divorcio o separación amistosas y, entre los aspectos novedosos de la ley, figura la obligación de los padres de hijos adoptados a hacerles saber que lo son como máximo a los doce años de edad.

Según ha explicado la diputada de CiU Núria de Gispert la ley "modifica demasiado aspectos que afectan a la libertad individual de las personas", y ha calificado de "muy flojos" los avances en materia de custodia de los hijos.

Los integrantes de la comisión de justicia del Parlament han acordado que, una vez aprobada la ley por el pleno de la cámara, entrará en vigor el 1 de enero del 2011.



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La custodia compartida de los hijos será preferente en Cataluña pero con condiciones | Iniciar Sessió/Crear un Compte | 1 Comentari
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Re: La custodia compartida de los hijos será preferente en Cataluña pero con condicio (Puntuació: 1)
per Admin el 04 jun 2010 - 12:18 PM

(Informació de l'Usuari | Enviar un Missatge) http://www.bufetcanovas.com
La custòdia compartida era una assignatura pendent en els temps que corren!


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